ASAMBLEA LEGISLATIVA DECLARA QUE EL ACOSO SEXUAL CALLEJERO ES UNA FORMA DE VIOLENCIA SEXUAL INACEPTABLE

INFOGRAFÍA

– Las mujeres que han sido víctimas de violencia sexual en espacios y transportes públicos, triplica la cantidad de hombres. Las mujeres jóvenes menores de 15 años y las niñas, son las más afectadas.
– Para cumplir con el objetivo de sancionar estas conductas, el proyecto agrega tres delitos y una contravención, en el Código Penal.

Tras años de discusión legislativa y de un incansable trabajo por parte de las organizaciones de mujeres, organizaciones feministas e instituciones públicas que han insistido en la urgencia de legislar sobre el acoso sexual callejero, esta mañana la Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate el proyecto N° 20.299 “Ley contra el acoso sexual callejero”.

Con la confirmación unánime por parte de la Sala Constitucional respecto a la solidez jurídica del proyecto, la iniciativa fue aprobada con 47 votos a favor.

La Fracción Legislativa del Partido Acción Ciudadana celebra que el país haya saldado esta deuda que reivindica el derecho de todas las personas, pero en particular de las mujeres -principales víctimas del acoso sexual callejero- a transitar libres y seguras en todos los espacios, incluidos los espacios públicos, de acceso público y medios de transporte público.

Esta propuesta de Ley prohíbe y sanciona las diferentes conductas del acoso sexual en espacios y transportes públicos. Para la legisladora del PAC, Nielsen Pérez, quien actualmente preside la Comisión de la Mujer, este es un paso fundamental en derechos humanos.

“Las 26 diputadas que conformamos este parlamento asumimos este compromiso como parte de nuestra agenda de proyectos priorizada, esfuerzo y compromiso en el que se sumaron varios compañeros legisladores. Damos hoy el mensaje de que este país considera inaceptable el acoso sexual y lo define como un delito. Se trata de un paso hacia la construcción de una nueva normalidad, en la cual se prioriza la seguridad, integridad y libertad de las personas, especialmente de las mujeres más jóvenes y niñas. Ella han sido las principales víctimas de una conducta que nuestra sociedad ha aceptado como normal y cotidiana”, expresó la diputada Nielsen Pérez.

El proyecto define que el acoso sexual callejero es toda conducta con connotación sexual, sin el consentimiento ni aceptación de la persona a la que está dirigida.

Son actos con potencial de causar molestia, malestar, intimidación, humillación, inseguridad, miedo y ofensa, que proviene generalmente de una persona desconocida para quien la recibe y que tiene lugar en espacios públicos, como calles, aceras, parques, plazas, terminales o paradas de transporte público, etc; o espacios de acceso público, como trenes y buses.

Para cumplir con el objetivo de sancionar estas conductas, el proyecto agrega tres tipos penales de delito al Código Penal, con una descripción de la conducta a sancionar; normas específicas sobre agravantes y penas accesorias.

También adiciona una sección en la parte de contravenciones, para agregar una única figura contravencional para las conductas de acoso sexual callejero menos gravosas, que serían sancionadas con pena de multa. Además, establece las obligaciones que tendría la Fuerza Pública de intervenir y de apoyar a las víctimas.

Aprobar una ley que prohíba y sancione el acoso sexual callejero brinda herramientas al Estado, para que este pueda cumplir su rol de garante del derecho humano de las mujeres a una vida libre de violencia.

Publicado en Fracción Legislativa.