Corte declaró inconstitucional uso de dineros ociosos en depósitos judiciales para el pago de sus pensiones
- El fondo de depósitos judiciales alcanza más de 12 mil millones de colones.
- Voto del 2001 anuló los artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial que permitía usar ese dinero para el Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial.
La Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, mediante comunicado del 22 de marzo de 2017, solicitó a la Universidad de Costa Rica incluir los dineros ociosos en depósitos judiciales como ingresos adicionales en las proyecciones del estudio actuarial que sirve de sustento técnico para la reforma al régimen de pensiones que trabaja la Asamblea Legislativa.
La misma Corte, mediante el voto 10817-2001 declaró inconstitucional el uso de dichos dineros para el pago exclusivo de pensiones de un gremio, en este caso, del gremio de funcionarios judiciales. El dinero es producto de depósitos e intereses de procesos judiciales concluidos o abandonados, por lo que los mismos magistrados determinaron que estos dineros siendo parte del patrimonio de distintos sujetos no pueden ser utilizados para pagar sus pensiones, pues viola el derecho a la propiedad privada, así como el principio de solidaridad social. El voto menciona que utilizar ese dinero sería crear un privilegio a favor del Fondo del Poder Judicial.
“No es correcto que este dinero, que debería tener como destino el bien social, sea utilizado para pagar el hueco en el régimen de las pensiones del Poder Judicial causado por las pensiones de lujo y por la mala administración de las pasadas autoridades. Este dinero debe ser utilizado para el Régimen no Contributivo, donde se ven beneficiadas personas cuyos ingresos son inferiores o iguales a la línea de pobreza, personas huérfanas o con discapacidad, viudas en desamparo, indigentes y adultos mayores” mencionó la diputada del PAC e integrante de la Comisión, Marcela Guerrero Campos.
La legisladora explicó que el quinto producto del estudio actuarial de la UCR recién entregado a la Comisión, es defectuoso en el tanto fue creado utilizando como base los insumos facilitados por el Poder Judicial, donde las autoridades judiciales incluyeron el uso de los dineros en cuestión, uso que la misma Corte ya ha declarado inconstitucional.
“Ahora lo que procede es hacer los cálculos de nuevo como corresponde, asegurándonos de no utilizar estos dineros y de tampoco recargarlo en el Presupuesto Nacional, pues siguiendo el mismo razonamiento del voto de la Sala, sería igualmente inconstitucional cargar a toda la población el pago de las pensiones de un gremio en específico” agregó Guerrero Campos.
La acción de inconstitucionalidad fue presentada por la diputada liberacionista Sandra Piszk, actual integrante de la Comisión, quien en aquel momento fungía como Defensora de los Habitantes.