AVANZA PROYECTO QUE AMPLÍA LA LEY DE PENALIZACIÓN QUE SANCIONA LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

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– Incluye en la sanción del femicidio a las exparejas y a las relaciones informales. La Ley actual sólo contempla matrimonios y uniones de hecho.

Esta tarde, el Plenario Legislativo aprobó en trámite de Primer Debate una importante reforma legal, que amplía el ámbito de aplicación de la Ley de Penalización de la Violencia Contra las Mujeres para incluir otras formas de relaciones de pareja que no están contempladas en la Ley actual (Expediente Nº 21.793).

Esta reforma busca que se puedan tipificar y sancionar como femicidio los delitos que se cometan en el marco de relaciones actuales, ex relaciones de pareja o cualquier otro vínculo derivado de un noviazgo, convivencia o encuentros casuales; aun cuando medie divorcio, separación o ruptura. No solamente aquellos que se dan en el marco de un matrimonio o una unión de hecho, que es lo que está contemplado en la normativa vigente.

“Se recurrió a un concepto de relación de pareja no conviviente para abarcar más ampliamente aquellas circunstancias en las que las mujeres están siendo agredidas por su condición de género, a manos de otra persona con la que se tenía en ese momento o se tuvo en el pasado algún nivel de relación de pareja”, explicó la diputada del Partido Acción Ciudadana (PAC) Nielsen Pérez, quien preside la Comisión de la Mujer donde proyecto fue dictaminado y cuyo despacho trabajó en el mejoramiento del texto aprobado.

“Incluir a las exparejas es un avance fundamental, pues es durante las rupturas o después de que culminan las relaciones de pareja, cuando dolorosamente ocurren muchos asesinatos de mujeres. Que la Ley que penaliza los femicidios no contemplara esto, es un grave error que debemos rectificar ante las mujeres de este país”, agregó la legisladora Pérez.

Esta propuesta responde a la necesidad de contar con una legislación que comprenda las diferentes expresiones de pareja de las que da cuenta la realidad del país, más allá de los formalismos legales.

Ampliar el margen de aplicación contribuirá a que los casos sean tratados ante los Tribunales de Justicia con los parámetros contemplados en la Ley de Penalización de la Violencia Contra las Mujeres, y no quede sujeto a otras normativas que obstaculicen el efectivo acceso a la justicia por parte de las mujeres víctimas y sus familias.

La Ley de Penalización de la Violencia Contra las Mujeres data del 2007. Esta reforma, iniciativa de la diputada del Partido Liberación Nacional (PLN) Aida María Montiel, es la más sustantiva que se le ha hecho en casi 14 años de vigencia.

Publicado en Fracción Legislativa.