Diputada Marcela Guerrero Campos: “PLN promueve aprobar moción que provocaría inconstitucionalidad en reforma a pensiones del Poder Judicial”

 

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  • La moción pretende modificar el artículo 236 que implicaría una doble imposición.

Se trata de la moción de reiteración #26 que impulsan algunos diputados del Partido Liberación Nacional.  Dicha moción abriría un portillo de inconstitucionalidad al texto al establecerse una doble imposición, pues se cobraría una contribución ordinaria más la contribución especial a la totalidad del monto de las pensiones que superen el tope de los 4 millones de colones.

El texto vigente establece que si una persona recibe una pensión más alta que el tope establecido, pagará un 13% de contribución obrera ordinaria sobre el monto inferior a ese tope de 4 millones,  y además pagará una contribución especial solidaria (escalonada de 35% a 55%) sobre el monto que supere ese tope, a manera de castigo.

“La moción del PLN modificaría el texto implicando que la persona que ya pagó el 13% sobre el monto por debajo del tope tendría que volverlo a pagar también sobre el monto superior al tope, cuando ya por ese exceso está pagando la contribución solidaria.  Esto es una doble imposición y es inconstitucional, no podemos aprobar una moción que ponga en riesgo toda la reforma” explicó la diputada del Partido Acción Ciudadana, Marcela Guerrero Campos.

La mayoría de las pensiones y jubilaciones del Poder Judicial no superan los 3 millones de colones, que corresponde a cerca del 85% de la población jubilada.  Lo que significa que la contribución solidaria no tiene el mayor impacto a la sostenibilidad del fondo de pensiones, sino que lo tiene la contribución obrera ordinaria.  “Reformar lo dispuesto sobre la contribución especial solidaria y caer en una inconstitucionalidad pondría en riesgo las modificaciones necesarias que estamos realizando al aporte obrero ordinario, que es el que va a mantener el fondo en su mayoría” agregó Guerrero Campos.

El proyecto en cuestión reforma el Título IX de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con el fin de asegurar la sostenibilidad actuarial del fondo de pensiones del Poder Judicial y atender así el principio constitucional de equidad intergeneracional en materia de pensiones.

“El texto vigente, luego de votadas las mociones vía 137, se apega a los criterios técnicos valorados por los integrantes de la Comisión. Estas mejoras están orientadas a garantizar la sostenibilidad actuarial del fondo en el tiempo, en concordancia con el principio pro fondo y el respeto a los derechos adquiridos de los y las trabajadoras” concluyó la legisladora.

Publicado en Fracción Legislativa.