En referencia al comunicado de prensa de la diputada Epsy Campbell Barr
Las reglas del proceso de convención son resultado de diálogo y negociación interna aprobadas por la Asamblea Nacional del PAC
- Diputada Campbell Barr participó en diálogo para definir reglas de la convención.
- Transparencia y orden han caracterizado convenciones del PAC.
La compañera diputada Epsy Campbell Barr declinó postular su nombre como precandidata presidencial del Partido Acción Ciudadana (PAC), aduciendo argumentos de inseguridad jurídica y trato discriminatorio para participar en la convención del partido. Cinco horas antes del cierre de inscripción y sin informar al órgano encargado, el Tribunal Electoral Interno (TEI) del PAC, la señora diputada notificó a los medios de comunicación nacional que no formaría parte del proceso.
El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Partido Acción Ciudadana lamenta la no inscripción de la compañera Campbell Barr, toda vez que este proceso es una oportunidad para hacer crecer y enriquecer al partido. Sin embargo, es inadmisible que la señora diputada alegue que no tenía claridad de las regulaciones de la Convención Ciudadana y que se le haya dado un trato desigual frente a sus compañeros precandidatos.
Reglas del proceso de Convención Ciudadana 2017
En setiembre del año pasado, con el soporte del Comité Ejecutivo Nacional y la Comisión Política, se dio inicio a un proceso de diálogo con los distintos grupos de pensamiento y todas las instancias partidarias para crear un espacio de reflexión política que nos permitiera establecer una agenda, un cronograma y una metodología de trabajo para garantizar el éxito del proceso de renovación de estructuras, inscripción del partido y definición de las reglas para la convención interna. En este espacio de diálogo participó la compañera Campbell Barr por lo que es inaceptable el alegato de que desconocía las propuestas para normar el proceso de convención. De su parte, no presentó propuesta o modificación alguna a los borradores conocidos en la Mesa Nacional de Diálogo Partidario sobre el proceso de convención.
Este proceso se dio en un marco de respeto y de negociación, gracias al cual la Asamblea Nacional del Partido recibe en sus sesiones de noviembre de 2016 y febrero de 2017 para su conocimiento, discusión y aprobación un conjunto de reformas al Estatuto Orgánico y el Reglamento General de Convenciones Internas, que definen las reglas del proceso de renovación de autoridades y de elección de nuestra candidatura presidencial.
El objetivo de este reglamento es regular todos los procesos de convención para la elección de la candidatura a la Presidencia de la República por el PAC, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 y 44 del Estatuto Orgánico del PAC. Este reglamento establece que el TEI en coordinación con el CEN, elaborarán el calendario electoral para la convocatoria y celebración de la Convención Ciudadana 2017 en un plazo de hasta 30 días naturales a partir de su fecha de aprobación. Por lo que, 28 días después se publica la resolución PAC-TEI-019-2017 detallando el cronograma de convención interna.
La transparencia y el orden han caracterizado las dos convenciones que el partido ha celebrado. La Convención Ciudadana del 2017 no será la excepción, para este proceso fortalecimos requisitos y con la aprobación del Reglamento General de Convenciones le brindamos absoluta claridad a toda persona afiliada para permitirle participar en este y futuros procesos.
Padrón Interno – Recurso de Amparo Electoral
El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) tiene conciencia de la necesidad de proporcionar las herramientas para la organización territorial en todo el país. Por lo que facilitó el padrón interno con información de contacto a todos los miembros de los Comités Ejecutivos Cantonales que así lo solicitaron, para la organización de sus respectivas asambleas. Es nuestra obligación manejar de forma ordenada el proceso de renovación de estructuras y canalizar esta información a través de los órganos estatutarios respectivos y según había sido la costumbre partidaria.
Por acuerdo del CEN, en su sesión número 412 celebrada el día 13 de enero de 2017, se solicitó al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), emitir un criterio sobre el manejo de las bases de datos e información de contacto de las más de 82 mil personas afiliadas al PAC. Lo anterior surge de la preocupación de este órgano nacional de proteger y resguardar de forma ordenada, con celo y cautela, los datos personales que a lo largo de los años miles de costarricenses nos han confiado.
El 25 de febrero Welmer Ramos González y Epsy Campbell Barr solicitaron el número de teléfono y correo electrónico de todas las personas afiliadas al PAC. En respuesta a esta solicitud se les indicó que ante la laguna que rodea esta materia, el CEN presentó una consulta ante el TSE tal y como informó Eduardo Solano Solano, Secretario General a.i. en la Reunión de la Fracción Legislativa del PAC el pasado 6 de febrero, con la presencia de la diputada Campbell. El objetivo de la consulta a las magistraturas era obtener un criterio jurídico, a la luz de la Constitución Política, el Código Electoral y demás normativa relacionada, para tener claridad del manejo que se le debe dar a la información contenida en el padrón interno del PAC.
A pesar de lo anterior el 23 de febrero la compañera Campbell Barr interpone un recurso de amparo electoral ante el TSE, exigiendo que el CEN entregue la información de contacto de todas las personas afiliadas al partido.
En su resolución del 27 de marzo, el TSE resuelve la consulta planteada por el CEN desde enero, ordenando entregar, a la señora Epsy Campbell Barr, en su condición de afiliada, únicamente el listado de nombres, números de cédula y domicilio electoral de las personas que componen el padrón partidario, no así la información de contacto solicitada por la diputada.
El Comité Ejecutivo Nacional reitera que las reglas están claras, que estas fueron construidas en un proceso de diálogo y negociación abierto y transparente, en el que la compañera Campbell Barr participó y cuyos acuerdos fueron sometidos y aprobados por la Asamblea Nacional, máximo órgano de decisión partidaria, por lo que rechazamos enfáticamente las manifestaciones de la diputada Campbell Barr.